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Legislación › Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial.

ANEXO III

ANEXO III

Especies de la fauna silvestre susceptibles de pesca, caza o captura en la Región de Murcia

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria.1 de la Ley 7/2003, de 12 de noviembre. BOE-A-2004-3376.

Se modifica por el art. único de la Ley 10/2002, de 12 de noviembre. BORM-s-2002-90016.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de mayo de 2004 En vigor BOE-A-2004-3376 Leer Qué cambió
11 de diciembre de 2002 BOE-A-2002-90016 Leer Qué cambió
5 de mayo de 1995 Texto original Leer

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