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Legislación › Orden de 19 de mayo de 1995 por la que se establece una reserva marina en el entorno de la Isla Graciosa y de los islotes del norte de Lanzarote.

Disposición transitoria.

Disposición transitoria.

Hasta la elaboración del censo a que se hace referencia en el artículo quinto de la presente normativa, la actividad pesquera profesional, en el ámbito de la reserva marina, se realizará con las mismas embarcaciones y en las modalidades que hasta ahora se viene ejerciendo.

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