Legislación › Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales.
Artículo 40. Partidas identificadas.
Artículo 40. Partidas identificadas.
Las partidas de plantas de vivero de las especies recogidas en el anexo X deberán estar debidamente identificadas durante todos los procesos a que sean sometidas desde el momento de su recogida en el campo hasta su comercialización.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 428/2020, de 3 de marzo. BOE-A-2020-4264
Se modifica por el art. único.15 del Real Decreto 744/2016, de 30 de diciembre. BOE-A-2016-12603.
Se añade el párrafo final por el art. único.10 del Real Decreto 1256/2010, de 8 de octubre. BOE-A-2010-15439
Esta modificación es de aplicación a partir del 30 de septiembre de 2012, según establece la disposición final única.
Se modifica el párrafo segundo y se añade el último párrafo por el art. único.4 y 5 del Real Decreto 234/2002, de 1 de marzo. BOE-A-2002-5101
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4264 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2016-12603 | Leer | Qué cambió |
| 10 de octubre de 2010 | BOE-A-2010-15439 | Leer | Qué cambió |
| 15 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-5101 | Leer | Qué cambió |
| 15 de junio de 1995 | Texto original | Leer |


