Legislación › Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Artículo 106. Cuestiones de competencia.
Artículo 106. Cuestiones de competencia.
1. (Derogado).
2. (Derogado).
3. Si se suscitaren cuestiones de competencia, positivas o negativas, serán resueltas:
a) Si se planteasen entre oficinas de una misma Comunidad Autónoma que tenga cedida la gestión del tributo, por el órgano competente de aquélla.
b) (Derogado)
c) Si se planteasen entre las Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Madrid, Ceuta y Melilla, por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Se derogan los apartados 1 y 2 por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre. BOE-A-2017-15843
Se deroga el apartado 3.b) por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 2451/1998, de 13 de noviembre. BOE-A-1998-27046
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2017-15843 | Leer | Qué cambió |
| 26 de noviembre de 1998 | BOE-A-1998-27046 | Leer | Qué cambió |
| 12 de julio de 1995 | Texto original | Leer |


