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Legislación › Ley 5/1995, de 6 de abril, de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

La Administración del Principado de Asturias promoverá campañas informativas y educativas dirigidas a la población en general, y a la población infantil y juvenil en particular, con el fin de sensibilizar en el problema de la accesibilidad y de la integración social de las personas con limitación y de fomentar su integración plena en nuestra sociedad.

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