Legislación › Ley 12/1995, de 21 de abril, de Estadística de la Comunidad de Madrid.
Artículo 25. De la forma de suministrar información.
Artículo 25. De la forma de suministrar información.
Toda persona física o jurídica pública o privada que suministre información en el ámbito de las actividades reguladas por la presente Ley, deberá contestar de forma veraz y completa, ajustarse el plazo de respuesta y respetar las demás circunstancias que figuren en las normas reguladoras de la actividad estadística de que se trate.


