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Ley 12/1995, de 21 de abril, de Estadística de la Comunidad de Madrid.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 18 de julio de 1995 · Último cambio el 22 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
  5. TÍTULO I
  6. Artículo 2. Actividad estadística pública de interés de la Comunidad de Madrid.
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 3. La actividad estadística.
  9. Sección 1
  10. Artículo 4. De la transparencia.
  11. Sección 2
  12. Artículo 5. De la homogeneidad.
  13. Sección 3
  14. Artículo 6. De la proporcionalidad.
  15. Sección 4
  16. Artículo 7. De la difusión estadística.
  17. Artículo 8. De la publicidad de las estadísticas oficiales.
  18. Artículo 9. Del carácter oficial de los resultados.
  19. Artículo 10. De la publicidad de la metodología.
  20. Artículo 11. De las explotaciones especiales.
  21. Sección 5
  22. Artículo 12. De la conservación y custodia de la información.
  23. Sección 6
  24. Artículo 13. De la cooperación entre las Administraciones Públicas.
  25. Sección 7
  26. Artículo 14. Del rigor y corrección técnica.
  27. Sección 8
  28. Artículo 15. Del ámbito del secreto estadístico.
  29. Artículo 16. Del contenido del secreto estadístico.
  30. Artículo 17. De la comunicación entre unidades estadísticas.
  31. Artículo 18. De la comunicación con fines científicos.
  32. Artículo 19. De la utilización de los datos amparados por el secreto estadístico.
  33. Artículo 20. De los obligados a mantener el secreto estadístico.
  34. Artículo 21. Del incumplimiento del secreto estadístico.
  35. Artículo 22. De las excepciones del secreto estadístico.
  36. Sección 9
  37. Artículo 23. De las estadísticas de respuesta obligatoria.
  38. Artículo 24. De las personas obligadas a suministrar información.
  39. Artículo 25. De la forma de suministrar información.
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 26. Plan de Estadística de la Comunidad de Madrid. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  42. Artículo 27. Programas Anuales de Estadística.
  43. Artículo 28. Otras estadísticas.
  44. TÍTULO II
  45. CAPÍTULO I
  46. Artículo 29. Del Sistema Estadístico de la Comunidad de Madrid. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
  47. CAPÍTULO II
  48. Artículo 30. Rango y adscripción.
  49. Artículo 31. Funciones. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  50. Artículo 32. Recursos técnicos y personales.
  51. CAPÍTULO III
  52. Artículo 33. Unidades estadísticas de las Consejerías. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  53. Artículo 34. Órganos estadísticos de las Consejerías.
  54. Artículo 35. Memoria de actividad estadística.
  55. CAPÍTULO IV
  56. Artículos 36 a 38.
  57. Artículo 36. Creación y competencias.
  58. Artículo 37. Composición y funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 30/12/1998
  59. Artículo 38. Medios.
  60. TÍTULO III
  61. Artículo 39. De las relaciones con los Ayuntamientos. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  62. Artículo 40. Órganos estadísticos de los Ayuntamientos.
  63. TÍTULO IV
  64. Artículo 41. Infracciones.
  65. Artículo 42. Responsables de las infracciones.
  66. Artículo 43. Infracciones de los obligados a prestar colaboración.
  67. Artículo 44. Infracciones de los que realizan actividad estadística.
  68. Artículo 45. Cuantía de las sanciones.
  69. Artículo 46. Condición necesaria para sancionar.
  70. Artículo 47. Competencia y procedimientos sancionadores.
  71. Artículo 48. Prescripción.
  72. Artículo 49. Otras responsabilidades.
  73. Disposición adicional primera.
  74. Disposición adicional segunda.
  75. Disposición transitoria primera. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  76. Disposición transitoria segunda.
  77. Disposición transitoria tercera.
  78. Disposición transitoria cuarta.
  79. Disposición transitoria quinta.
  80. Disposición transitoria sexta.
  81. Disposición derogatoria única.
  82. Disposición final primera.
  83. Disposición final segunda.
  84. Disposición final tercera.
  85. [firma]