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Legislación › Orden de 14 de julio de 1995 sobre títulos y licencias aeronáuticos civiles.

Disposición transitoria cuarta.

Disposición transitoria cuarta.

Los títulos obtenidos después de la fecha de entrada en vigor de la normativa que ahora se establece, como consecuencia de convocatorias de exámenes anteriores a la publicación del Real Decreto 959/1990, serán expedidos de acuerdo con el Decreto de 13 de mayo de 1955.

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