LexTotal

Legislación › Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta.

En el caso de que se adscriban unidades del Cuerpo Nacional de Policía a la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, atendidos los efectos y el alcance de la adscripción, destinará a la Comisión de Tutela del Menor los agentes que se estime necesarios para que colaboren en el cumplimiento de sus fines y en la ejecución de la presente Ley y demás normativa de protección de menores.

← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →