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Legislación › Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo.

Artículo 55. Cierre de fincas.

Artículo 55. Cierre de fincas.

Los vallados y cierre de fincas en suelo no urbanizable habrán de adaptarse al ambiente en que estuvieren situados, debiendo cumplir con los requisitos exigidos por las disposiciones ambientales y urbanísticas, y estarán sujetos en todo caso a licencia municipal.

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