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Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo.
En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 5 de agosto de 1995 · Último cambio el 15 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Arts. 1 a 5.
- Artículo 1. Objeto de la Ley.
- Artículo 2. Competencias urbanísticas.
- Artículo 3. El urbanismo como función pública.
- Artículo 4. Gestión de la actividad urbanística. Intervención de los particulares.
- Artículo 5. Participación ciudadana.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Objeto.
- Artículo 7. Comisión de Concertación de la Acción Territorial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
- Artículo 8. Contenido y alcance de la intervención de la Comisión. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
- Artículo 9. Composición y funcionamiento de la Comisión de Concertación de la Acción Territorial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
- CAPÍTULO II
- Artículo 10. Objeto.
- Artículo 11. Consejo de Política Territorial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
- Artículo 12. Organización y funcionamiento del Consejo. 2 redacciones · cambió el 29/12/2010
- TÍTULO III
- Artículo 13. Objetivos de la Ordenación del Territorio.
- Artículo 14. Instrumentos o Planes de la Ordenación del Territorio. 2 redacciones · cambió el 27/12/2024
- Artículo 15. Objetivos del Plan Regional de Estrategia Territorial.
- Artículo 16. Contenido y formalización documental del Plan Regional de Estrategia Territorial.
- Artículo 17. Efectos del Plan Regional.
- Artículo 18. Elaboración, tramitación y aprobación del Plan Regional de Estrategia Territorial.
- Artículo 18 bis. Definición y funciones de los Planes Territoriales. 2 redacciones · cambió el 15/06/2026
- Artículo 18 ter. Contenido y documentación de los Planes Territoriales.
- Artículo 18 quater. Elaboración y competencia.
- Artículo 18 quinquies. Planes Estratégicos Municipales.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Definición. 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 20. Clases.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 21. Definición y objeto. 2 redacciones · cambió el 27/12/2024
- Artículo 22. Procedimiento para la delimitación de declaración de Zonas de Interés Regional. 2 redacciones · cambió el 27/12/2024
- Artículo 23. Gestión de las Zonas de Interés Regional. 2 redacciones · cambió el 15/06/2026
- Artículo 24. Administración actuante.
- Sección 2
- Artículo 25. Concepto.
- Artículo 26. Asociación de otras Administraciones.
- Artículo 27. Contenido y documentos de las propuestas de delimitación y declaración.
- Artículo 28. Alcance y efectos de la delimitación y declaración.
- Artículo 29. Instrumentos urbanísticos de ordenación y ejecución.
- Sección 3
- Artículo 30. Concepto y alcance.
- Artículo 31. Contenido y documentos de las propuestas de delimitación y declaración.
- Artículo 32. Transformación en Zonas de Interés Regional de Actuación Inmediata.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 33. Concepto, objeto y requisitos. 4 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 34. Función urbanística de ordenación. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 35. Elaboración, promoción y ejecución. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Sección 2
- Artículo 36. Determinaciones. 4 redacciones · cambió el 27/12/2024
- Artículo 37. Procedimiento de aprobación. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 38. Efectos de la aprobación. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 39. Subrogación en la posición jurídica de la persona o entidad particular que tenga atribuida la ejecución. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 40. Incumplimiento de la ejecución y caducidad. Consecuencias. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 41. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Artículo 42. 3 redacciones · cambió el 22/12/2022
- Sección 3
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 43. Régimen aplicable a los Centros Integrados de Desarrollo. 3 redacciones · cambió el 29/12/2012
- CAPÍTULO II
- Artículo 44. Determinaciones. 3 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 45. Procedimiento de aprobación de los Centros Integrados de Desarrollo. 5 redacciones · cambió el 30/12/2013
- CAPÍTULO III
- Artículo 46. Efectos de la aprobación. 3 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 47. Subrogación en la posición jurídica de la persona o entidad particular que tenga atribuida la ejecución. 4 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 48. Ejecución. 3 redacciones · cambió el 29/12/2012
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 49. Modificaciones del Proyecto y aprobación posterior de la ordenación de carácter pormenorizado 3 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 50. Incumplimiento de la ejecución. Consecuencias. 3 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículos 51 a 118.
- Artículo 51. Facultades y deberes de los propietarios de suelo no urbanizable sujeto a protección.
- Artículo 52. Alteraciones de la estructura de la propiedad en suelo no urbanizable, mediante actos de parcelación, segregación o división.
- Artículo 53. Calificación urbanística del suelo no urbanizable.
- Artículo 54. Calificación urbanística del suelo no urbanizable sujeto a protección.
- Artículo 55. Cierre de fincas.
- Artículo 56. Concurso previo sobre localización y características para la calificación legitimante de determinados actos de iniciativa particular.
- Artículo 57. Condiciones de realización de los actos de aprovechamiento legitimados por la correspondiente calificación urbanística.
- Artículo 58. Formalización e inscripción de los deberes y las cargas urbanísticos.
- Artículo 59. Invalidez de los actos de calificación y autorización.
- Artículo 60. Equiparación al suelo no urbanizable del suelo urbanizable no programado.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 61. Requisitos sustantivos: Superficie mínima de los terrenos.
- Artículo 62. Condiciones particulares de las obras, construcciones e instalaciones previstas en la letra a) del número 1 del artículo 53.
- Artículo 63. Condiciones particulares de las obras, construcciones e instalaciones previstas en la letra b) del número 1 del artículo 53.
- Sección 2
- Artículo 64. Requisitos sustantivos: Superficie mínima de los terrenos.
- Artículo 65. Condiciones particulares.
- Sección 3
- Artículo 66. Requisitos sustantivos: Superficie mínima de los terrenos.
- Artículo 67. Condiciones particulares. 2 redacciones · cambió el 30/12/1999
- Sección 4
- Artículo 68. Requisitos sustantivos.
- Artículo 69. Condiciones particulares.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 70. Competencias administrativas para la ejecución del planeamiento territorial y urbanístico. Intervención de los propietarios de suelo.
- Artículo 71. Deberes generales de los propietarios de suelo urbano y urbanizable, cuando les corresponda la ejecución del planeamiento urbanístico.
- Artículo 72. Costes de urbanización.
- Artículo 73. Programación y ejecución de actuaciones en suelo urbanizable no programado.
- CAPÍTULO II
- Artículo 74. Concepto, principios, objeto y límites.
- Artículo 75. Procedimiento para la celebración y el perfeccionamiento de los convenios.
- Artículo 76. Publicidad de los convenios.
- Artículo 77. Naturaleza de los convenios.
- CAPÍTULO III
- Artículo 78. Concepto, objeto y régimen jurídico de los Consorcios.
- Artículo 79. Sociedades urbanísticas.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 80. Sistemas de actuación para la ejecución del plaenamiento y opción entre ellos.
- Artículo 81. Ejecución sistemática o integral por unidades delimitadas al efecto. Delimitación de éstas.
- Artículo 82. Ejecución asistemática en suelo urbano.
- Sección 2
- Artículo 83. Formas de gestión del sistema. Elección entre ellas.
- Artículo 84. Gestión por concesión.
- Artículo 85. Ejecución de la urbanización.
- Artículo 86. Procedimiento de liberación.
- Artículo 87. Parcelación y adjudicación de parcelas resultantes.
- Artículo 88. Otras formas de disposición de parcelas resultantes.
- Sección 3
- Artículo 89. Definición y supuestos de aplicación.
- Artículo 90. Efectos de la determinación del sistema.
- Artículo 91. Proyecto de reparcelación: Contenido adicional.
- Artículo 92. Entidad urbanística colaboradora: Comisión Gestora.
- Artículo 93. Ocupación de terrenos.
- Artículo 94. Ejecución de las obras de urbanización.
- Artículo 95. Liquidación de la actuación.
- Artículo 96. Facultades de la Administración actuante.
- CAPÍTULO V
- Artículo 97. Concepto.
- Artículo 98. Gestión.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 99. Supuestos expropiatorios.
- Artículo 100. Procedimiento de urgencia en la ocupación: Requisitos.
- Artículo 101. Avenencia: Bonificaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 102. Jurado Territorial de Expropiación Forzosa. Carácter, función y composición. 3 redacciones · cambió el 30/12/1999
- Artículo 103. Motivación y notificación de los acuerdos del Jurado. 2 redacciones · cambió el 18/07/1997
- TÍTULO IX
- CAPÍTULO I
- Artículo 104. Bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto. Administraciones titulares de éstos.
- Artículo 105. Registro administrativo de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto; relación con las funciones públicas notarial y registral hipotecaria y mercantil.
- Artículo 106. Notificación al Registro administrativo de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto de los propósitos de transmisión.
- Artículo 107. Caducidad de los efectos del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto: Resolución de la transmisión por incumplimiento.
- Artículo 108. Tanteo y retracto ejercidos sobre transmisión consistente en permuta.
- Artículo 109. Destino de los bienes adquiridos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 110. Prescripciones vinculantes para el planeamiento municipal.
- Artículo 111. Relaciones de equivalencia en términos de aprovechamiento urbanístico.
- CAPÍTULO III
- Artículo 112. Tipos, finalidades y formas de gestión de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 113. Naturaleza y constitución del patrimonio regional de suelo.
- Artículo 114. Funcionamiento del patrimonio regional de suelo.
- TÍTULO X
- Artículo 115. Juego del silencio administrativo positivo en los procedimientos de aprobación de los instrumentos de planeamiento general.
- Artículo 116. Juego del silencio administrativo en la emisión de informes recabados en la instrucción de procedimientos regulados en esta Ley.
- Artículo 117. Juego del silencio administrativo en los procedimientos de calificación urbanística en suelo no urbanizable.
- Artículo 118. Juego del silencio administrativo respecto de las solicitudes de licencias municipales urbanísticas.
- Disposición adicional 1 a 4.
- Disposición transitoria.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria 1 a 3.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final 1 a 5.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Disposición final cuarta.
- Disposición final quinta.
- Firma


