LexTotal

Legislación › Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo.

Artículo 44. Determinaciones.

Artículo 44. Determinaciones.

Los Proyectos de Alcance Regional consistentes en un Centro Integrado de Desarrollo contendrán las determinaciones y documentos previstos en el artículo 36 y además, se deberá aportar una memoria justificativa de las previsiones de creación de empleo, la inversión que comportan o el incremento de riqueza para la región que supongan.

Se añade por el art. 14 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre. BOE-A-2013-2685.

Se deroga por la disposición derogatoria única.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio. BOE-A-2001-18984.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-2685 Leer Qué cambió
27 de agosto de 2001 BOE-A-2001-18984 Leer Qué cambió
1 de mayo de 1995 Texto original Leer

← Artículo 43 Índice Artículo 45 →