Legislación › Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo.
Artículo 9. Composición y funcionamiento de la Comisión de Concertación de la Acción Territorial.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de mayo de 1995 y la del 1 de enero de 2011.
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Artículo 9. Composición y funcionamiento de la Comisión de Concertación de la Acción Territorial.
1. La Comisión de Concertación de la Acción Territorial estará compuesta, bajo la Presidencia del Consejero competente en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por un número igual de representantes de la Comunidad de Madrid y de los Municipios. (Derogado)
2. En todo caso, la representación de la Comunidad será designada por la Asamblea de Madrid en atención a la representación proporcional de los grupos parlamentarios que la formen y la de los Municipios deberá corresponder a miembros electos de éstos, designados por la Federación Madrileña de Municipios, de entre los cuales al menos uno habrá de ser del Municipio de Madrid.
Podrá asistir con voz y voto a la sesión en la que deba tratarse el asunto correspondiente un representante del Municipio y de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Las Consejerías directamente afectadas podrán asistir con voz, pero sin voto.
3. La Comisión se reúne previa convocatoria de su Presidente, cada vez que sea requerida su intervención por Administración legitimada para ello.
El Presidente de la Comisión será el portavoz de la representación de la Comunidad. El portavoz de la de los Municipios, designado por ésta, será su Vicepresidente.
4. Los acuerdos se adoptan por unanimidad entre las dos representaciones que componen la Comisión. El portavoz expresa la voluntad de la correspondiente representación.
No obstante, la aprobación de informes requerirá la mayoría absoluta de los miembros que componen la Comisión, que suponga, además, la mayoría simple en el seno de cada una de las representaciones.
5. Reglamentariamente se determinarán la composición, la organización y el funcionamiento de la Comisión.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-8629 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 1995 | Texto original | Leer |


