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Legislación › Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia.

Artículo 20. Reglamento del Consejo.

Artículo 20. Reglamento del Consejo.

El Consejo, de conformidad con lo dispuesto en el punto 4 del artículo 5 de esta ley, elaborará su reglamento de régimen interno, que será aprobado en primera votación por mayoría de dos tercios de los miembros del Pleno del Consejo, y en segunda votación por mayoría absoluta de aquéllos. A efectos de general conocimiento se publicará en el «Diario Oficial de Galicia».

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