Legislación › Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid.
Artículo 116. Competencia sancionadora.
Artículo 116. Competencia sancionadora.
(Derogado).
Se deroga por la disposición derogatoria única.2.e) de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-4510.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-4510 | Leer | Qué cambió |
| 30 de mayo de 1995 | Texto original | Leer |


