Legislación › Orden de 4 de octubre de 1995 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento de la Orquesta Nacional de España.
Artículo 12.
Artículo 12.
La ONE podrá contar con un Director asociado que asumirá, durante su contratación temporal, las funciones del titular, siempre que el mismo no se halle presente.


