Legislación › Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Artículo 39 bis. Medidas de garantía de la solvencia futura de las entidades aseguradoras.
Artículo 39 bis. Medidas de garantía de la solvencia futura de las entidades aseguradoras.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. BOE-A-2004-18908.
Se añade por el art. 1.11 de la Ley 34/2003, de 4 de noviembre. BOE-A-2003-20330
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de noviembre de 2004 En vigor | BOE-A-2004-18908 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2003-20330 | Leer |


