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Legislación › Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Disposición transitoria quinta. Adaptación de las Mutualidades de Previsión Social.

Disposición transitoria quinta. Adaptación de las Mutualidades de Previsión Social.

(Derogada)

Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. BOE-A-2004-18908.

Se deroga el párrafo tercero del apartado 3 por la disposición derogatoria 1 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30155.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de noviembre de 2004 En vigor BOE-A-2004-18908 Leer Qué cambió
1 de enero de 1999 BOE-A-1998-30155 Leer Qué cambió
10 de noviembre de 1995 Texto original Leer

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