Legislación › Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Disposición transitoria quinta. Adaptación de las Mutualidades de Previsión Social.
Disposición transitoria quinta. Adaptación de las Mutualidades de Previsión Social.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. BOE-A-2004-18908.
Se deroga el párrafo tercero del apartado 3 por la disposición derogatoria 1 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre. BOE-A-1998-30155.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de noviembre de 2004 En vigor | BOE-A-2004-18908 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1998-30155 | Leer | Qué cambió |
| 10 de noviembre de 1995 | Texto original | Leer |
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