Legislación › Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Artículo 432.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de octubre de 2004 y la del 1 de julio de 2015.
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Artículo 432.
1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la una pena de prisión de tres dos a seis años e años, inhabilitación absoluta especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de seis a diez años.
2. Se impondrá la misma pena a la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 253 sobre el patrimonio público.
3. Se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años y la de e inhabilitación absoluta por tiempo de diez a veinte años si la malversación revistiera especial gravedad atendiendo al valor en los hechos a que se refieren los dos números anteriores hubiere concurrido alguna de las cantidades sustraídas y al circunstancias siguientes:
a) se hubiera causado un grave daño o entorpecimiento producido al servicio público. Las mismas penas se aplicarán si las cosas malversadas hubieran sido declaradas de valor histórico público, o artístico,
b) el valor del perjuicio causado o si se tratara de los bienes o efectos destinados a aliviar alguna calamidad pública. apropiados excediere de
3. Cuando la sustracción no alcance la cantidad de 4.000 euros, se impondrán las penas de multa superior a dos y hasta cuatro meses, prisiónseis meses a tres años y suspensión 50.000 euros.
Si el valor del perjuicio causado o de empleo los bienes o cargo público por tiempo efectos apropiados excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta tres años. la superior en grado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2022-21800 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2015 | BOE-A-2015-3439 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2004 | BOE-A-2003-21538 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 1996 | Texto original | Leer |


