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Legislación › Orden de 11 de diciembre de 1995 por la que se establecen las disposiciones relativas a las autorizaciones de ensayos y experiencias con productos fitosanitarios.

Artículo 25. Inspección y control.

Artículo 25. Inspección y control.

De conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 822/1993, la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria realizará las inspecciones y comprobaciones necesarias para verificar que los solicitantes de las autorizaciones o acreditaciones reúnen los requisitos necesarios para su concesión.

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