Legislación › Real Decreto-ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera.
Artículo 2. De los créditos presupuestarios prorrogados.
Artículo 2. De los créditos presupuestarios prorrogados.
Con efectos del día primero del ejercicio económico, quedarán incorporadas a los créditos prorrogados las modificaciones presupuestarias y estructurales necesarias para adecuar la clasificación orgánica de dichos créditos a la estructura administrativa vigente al 1 de enero de 1996.


