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Legislación › Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunidad Valenciana.

Disposición adicional octava. Funciones del cuerpo de agentes medioambientales.

Disposición adicional octava. Funciones del cuerpo de agentes medioambientales.

Los y las agentes medioambientales tendrán la consideración de agente de la autoridad en las materias a las que se refiere la presente Ley.

Se modifica por el art. 111.4 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. BOE-A-2025-1

Se añade por el art. 105.4 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. DOGV-r-2024-90142

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de diciembre de 2024 En vigor BOE-A-2025-1 Leer Qué cambió
11 de julio de 2024 BOE-A-2024-90142 Leer

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