Legislación › Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización del matrimonio civil por los Alcaldes.
Cuarta. Delegación del Alcalde en un Concejal.
Cuarta. Delegación del Alcalde en un Concejal.
Aunque esta delegación debe estar documentada previamente, ningún precepto exige la comprobación registral de la misma. Basta, pues, que en el acta de autorización se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación del Alcalde respectivo.


