Legislación › Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorros.
Artículo 14.
Artículo 14.
Corresponderá al Consejero de Economía y Hacienda todas aquellas competencias no atribuidas expresamente a otros órganos de la Junta de Extremadura.
Legislación › Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorros.
Artículo 14.
Corresponderá al Consejero de Economía y Hacienda todas aquellas competencias no atribuidas expresamente a otros órganos de la Junta de Extremadura.
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