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Legislación › Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorros.

Artículo 68 septies.

Artículo 68 septies.

Los titulares de cuotas participativas en, al menos, un porcentaje del total de cuotas emitidas en circulación igual o superior al 5% podrán solicitar de la entidad informaciones o aclaraciones, o formular preguntas por escrito acerca de cualesquiera asuntos que sean de su interés y la entidad estará obligada a facilitársela, salvo que perjudique los intereses de la Caja de Ahorros o el cumplimiento de su función social.

Se añade por el art. 1.28 de la Ley 1/2011, de 31 de enero. BOE-A-2011-3178

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