Legislación › Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorros.
Artículo 9.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de junio de 2004 y la del 3 de febrero de 2011.
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Artículo 9.
1. Corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta del Consejero competente en materia de Economía y Hacienda, política financiera, autorizar cualquier operación de fusión, por creación de nueva entidad Entidad o absorción, en la que intervenga alguna Caja de Ahorros con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Extremadura y en lo que a ello se refiera.
2. Son requisitos necesarios para que el Consejo de Gobierno autorice la fusión:
a) Que las entidades Entidades que deseen fusionarse no estén en proceso de liquidación ni respecto de ellas exista acuerdo de disolución.
b) Que queden a salvo los derechos y garantías de los afectados por el cambio.
3. La autorización de la fusión será publicada en el «Diario Diario Oficial de Extremadura». Asimismo, Extremadura. Asimismo se publicará en los diarios de mayor difusión de la zona de actividad de las Cajas.
4. Las resoluciones en que se deniegue La denegación de la autorización de fusión serán motivadas. sólo podrá producirse mediante resolución motivada cuando la entidad resultante pudiera incumplir cualquiera de los requisitos objetivos previstos en esta ley.
5. Cuando se produzca una fusión entre una Caja de Ahorros con sede social en la Comunidad Autónoma de Extremadura y otras Cajas de Ahorros con sedes sociales en otras Comunidades Autónomas, la autorización para la misma misma, habrá de acordarse conjuntamente por los Gobiernos de las Comunidades Autónomas afectadas.
En el acto que autorice la fusión se determinará la proporción que corresponderá a las Administraciones Públicas y Entidades y Corporaciones de Derecho Público de cada Comunidad Autónoma en los Órganos de Gobierno de la Caja de Ahorros resultante.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de febrero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-3178 | Leer | Qué cambió |
| 2 de junio de 2004 | BOE-A-2004-11259 | Leer | Qué cambió |
| 22 de enero de 1995 | Texto original | Leer |


