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Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.
En vigor Ministerio de Economía y Hacienda · Publicada el 8 de marzo de 1995 · Último cambio el 5 de septiembre de 2003 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TITULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto del Real Decreto.
- TITULO I
- Artículo 2. Formación de la matrícula. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 3. Exposición de la matrícula.
- Artículo 4. Recursos contra la matrícula.
- Artículo 5. Declaraciones de alta. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 6. Declaraciones de variación. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 7. Declaraciones de baja. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 8. Lugar de presentación de las declaraciones.
- Artículo 9. Exenciones y beneficios fiscales. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 10. Consecuencias de las declaraciones de variación y baja.
- Artículo 11. Inclusión, variación o exclusión de oficio en los censos.
- Artículo 12. Prueba del ejercicio de la actividad.
- Artículo 13. Liquidación de las altas e inclusiones de oficio. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 14. Notificación de los actos censales y liquidatorios.
- Artículo 15. Recursos contra actos censales y liquidatorios.
- Artículo 16. Ingreso de las cuotas.
- Artículo 17. Baja de oficio como consecuencia de la declaración de fallido.
- Artículo 18. Comprobación e investigación. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 19. Infracciones. 2 redacciones · cambió el 12/09/1998
- TITULO II
- Artículo 20. Solicitud de delegación. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 21. Concesión de la delegación. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 22. Entidades que pueden solicitar la delegación. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 23. Alcance de la delegación.
- Artículo 24. Vigencia de la delegación. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Artículo 25. Intercambio de información censal. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Disposición adicional primera. Recurso Cameral Permanente. 2 redacciones · cambió el 05/09/2003
- Disposición adicional segunda. Aprobación de modelos.
- Disposición adicional tercera. Plazos para la distribución de cuotas provinciales y nacionales.
- Disposición adicional cuarta. Referencias al Real Decreto 1172/1991.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Autorización al Ministro de Economía y Hacienda y entrada en vigor.
- Firma


