LexTotal

Legislación › Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del Impuesto sobre Actividades Económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal de dicho impuesto.

Artículo 19. Infracciones.

Artículo 19. Infracciones.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.2 b) del Real Decreto 1930/1998, de 11 de septiembre. BOE-A-1998-21555

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de septiembre de 1998 En vigor BOE-A-1998-21555 Leer Qué cambió
9 de marzo de 1995 Texto original Leer

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →