Legislación › Real Decreto 278/1995, de 24 de febrero, por el que se crea en España el Registro previsto en el Convenio de 12 de noviembre de 1974 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Artículo 5.
Artículo 5.
Deberán inscribirse en el Registro Español los objetos espaciales que hayan sido lanzados o cuyo lanzamiento haya sido promovido por el Estado Español, o que hayan sido lanzados desde España o desde instalaciones españolas.
En el caso de que, además de España, haya uno o más Estados competentes, en lo sucesivo «Estado o Estados del lanzamiento», para realizar una inscripción, se obrará conforme a lo establecido en el artículo II.2 del Convenio sobre el Registro de Objetos Lanzados al Espacio Ultraterrestre de 12 de noviembre de 1974.
Redactado el párrafo primero conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 86, de 11 de abril de 1995. BOE-A-1995-8768.


