Legislación › Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
Artículo 134. Dispensas.
Artículo 134. Dispensas.
Será de aplicación a esta sección lo dispuesto sobre dispensas en el artículo 129 del presente Reglamento.


