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Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
En vigor Ministerio de Justicia e Interior · Publicada el 10 de enero de 1995 · Último cambio el 5 de abril de 2014 · Ver en el BOE
Índice
- preambulo 3 redacciones · cambió el 05/04/2014
- Preámbulo
- Artículo único.
- Disposición adicional primera. Actividades excluidas. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Disposición adicional segunda. Funcionamiento del Registro General de Empresas de Seguridad.
- Disposición adicional tercera. Comisiones de coordinación.
- Disposición adicional cuarta. Incompatibilidades del personal.
- Disposición adicional quinta. Exclusión de las empresas relacionadas con equipos técnicos de seguridad.
- Disposición transitoria primera. Plazo de adaptación a la Ley.
- Disposición transitoria segunda. Efectos de la adaptación y de la no adaptación.
- Disposición transitoria tercera. Adaptación de empresas de seguridad no inscritas anteriormente.
- Disposición transitoria cuarta. Cómputo de capital y reservas.
- Disposición transitoria quinta. Plazos de adecuación de medidas de seguridad. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Disposición transitoria sexta. Plazo de incorporación de armeros.
- Disposición transitoria séptima. Plazo de utilización de vehículos blindados.
- Disposición transitoria octava. Disposiciones relativas a la habilitación del personal.
- Disposición transitoria novena. Personal ya habilitado.
- Disposición transitoria décima. Canje de acreditaciones de personal.
- Disposición transitoria undécima. Auxiliares de detectives acreditados.
- Disposición transitoria duodécima. Investigadores o informadores en ejercicio.
- Disposición transitoria decimotercera. Uniformidad del personal.
- Disposición transitoria decimocuarta. Libros-Registros abiertos.
- Disposición derogatoria única. Alcance de la derogación normativa.
- Disposición final primera. Disposiciones de ejecución.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA
- TITULO I
- CAPITULO I
- Artículo 1. Servicios y actividades de seguridad privada. 2 redacciones · cambió el 10/03/2010
- Artículo 2. Obligatoriedad de la inscripción y de la autorización o reconocimiento. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 3. Ambito territorial de actuación.
- Artículo 4. Procedimiento de autorización.
- Artículo 5. Documentación. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 6. Habilitación múltiple. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 7. Constitución de garantía. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 8. Subsanación de defectos.
- Artículo 9. Resoluciones y recursos.
- Artículo 10. Coordinación registral.
- CAPITULO II
- SECCIÓN 1
- Artículo 11. Supuestos de modificación.
- SECCIÓN 2
- Artículo 12. Causas de cancelación.
- Artículo 13. Efectos de la cancelación. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- CAPITULO III
- SECCIÓN 1
- Artículo 14. Obligaciones generales. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 15. Comienzo de actividades.
- Artículo 16. Publicidad de las empresas.
- Artículo 17. Apertura de sucursales. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 18. Características de los vehículos.
- Artículo 19. Libros-registros. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 20. Contratos de servicio. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 21. Contratos con defectos. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 22. Suspensión de servicios. 2 redacciones · cambió el 05/03/2007
- SECCIÓN 2
- Artículo 23. Adecuación de los servicios a los riesgos.
- Artículo 24. Comunicación entre la sede de la empresa y el personal de seguridad.
- Artículo 25. Armeros.
- Artículo 26. Armas reglamentarias.
- SECCIÓN 3
- Artículo 27. Personas y empresas autorizadas.
- Artículo 28. Solicitud, tramitación y resolución.
- Artículo 29. Autorización provisional.
- Artículo 30. Prestación y finalización del servicio. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- SECCIÓN 4
- Artículo 31. Particularidades de estos servicios. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- SECCIÓN 5
- Artículo 32. Vehículos.
- Artículo 33. Dotación y funciones. 2 redacciones · cambió el 12/03/2005
- Artículo 34. Hoja de ruta. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 35. Libro-registro. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 36. Comunicación previa del transporte.
- Artículo 37. Otros medios de transporte.
- Artículo 38. Transporte de explosivos y objetos peligrosos.
- SECCIÓN 6
- Artículo 39. Ambito material. 3 redacciones · cambió el 10/03/2010
- Artículo 40. Aprobación de material.
- Artículo 41. Personal de las empresas.
- Artículo 42. Certificado de instalación y conexión a central de alarmas. 3 redacciones · cambió el 10/03/2010
- Artículo 43. Revisiones. 3 redacciones · cambió el 10/03/2010
- Artículo 44. Averías.
- Artículo 45. Manuales del sistema. 2 redacciones · cambió el 10/03/2010
- SECCIÓN 7
- Artículo 46. Requisitos de conexión.
- Artículo 47. Información al usuario.
- Artículo 48. Funcionamiento. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 49. Servicio de custodia de llaves. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 50. Desconexión por falsas alarmas. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 51. Libros registros. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- TITULO II
- CAPITULO I
- SECCIÓN 1
- Artículo 52. Disposiciones comunes. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 53. Requisitos generales. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 54. Requisitos específicos. 5 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 55. Fecha y acreditación.
- Artículo 55 bis. Requisitos y procedimiento para el reconocimiento.
- SECCIÓN 2
- Artículo 56. Formación previa. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 57. Formación permanente. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- SECCIÓN 3
- Artículo 58. Pruebas. Contenido. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 59. Documentación. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 60. Organo competente.
- Artículo 61. Licencias de armas.
- Artículo 62. Habilitación múltiple. 2 redacciones · cambió el 21/06/1997
- Artículo 63. Habilitación de jefes de seguridad y de directores de seguridad. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- SECCIÓN 4
- Artículo 64. Causas. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 65. Devolución de la tarjeta de identidad. 2 redacciones · cambió el 08/07/2005
- CAPITULO II
- SECCIÓN 1
- Artículo 66. Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Artículo 67. Principios de actuación.
- Artículo 68. Identificación.
- Artículo 69. Custodia de las armas y de sus documentaciones.
- Artículo 70. Incompatibilidades. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- SECCIÓN 2
- Artículo 71. Funciones y ejercicio de las mismas.
- Artículo 72. Comprobaciones previas.
- Artículo 73. Diligencia.
- Artículo 74. Sustituciones.
- Artículo 75. Equipos caninos.
- Artículo 76. Prevenciones y actuaciones en casos de delito.
- Artículo 77. Controles en el acceso a inmuebles.
- Artículo 78. Represión del tráfico de estupefacientes.
- Artículo 79. Actuación en el exterior de inmuebles. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 80. Servicio en polígonos industriales o urbanizaciones. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 81. Prestación de servicios con armas. 3 redacciones · cambió el 31/10/2009
- Artículo 82. Depósito de las armas.
- Artículo 83. Responsabilidad por la custodia de las armas. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 84. Ejercicios de tiro. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 85. Pruebas psicotécnicas periódicas.
- Artículo 86. Arma de fuego y medios de defensa. 2 redacciones · cambió el 31/10/2009
- Artículo 87. Uniforme y distintivos.
- SECCIÓN 3
- Artículo 88. Funciones.
- Artículo 89. Forma de prestación del servicio.
- Artículo 90. Uso de armas y ejercicios de tiro.
- Artículo 91. Régimen general.
- SECCIÓN 4
- Artículo 92. Funciones. 2 redacciones · cambió el 21/06/1997
- Artículo 93. Arma reglamentaria.
- Artículo 94. Régimen general. 2 redacciones · cambió el 21/06/1997
- SECCIÓN 5
- Artículo 95. Funciones. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 96. Supuestos de existencia obligatoria. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 97. Comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 98. Subsanación de deficiencias o anomalías. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 99. Delegación de funciones.
- Artículo 100. Comunicación de altas y bajas. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- SECCIÓN 6
- Artículo 101. Funciones.
- Artículo 102. Prohibiciones.
- Artículo 103. Carácter reservado de las investigaciones.
- Artículo 104. Registro especial. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 105. Sociedades de detectives.
- Artículo 106. Establecimiento de sucursales. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 107. Apertura de sucursales. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 108. Libro-registro. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 109. Comunicación de informaciones.
- Artículo 110. Responsabilidad. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- TITULO III
- CAPITULO I
- SECCIÓN 1
- Artículo 111. Obligatoriedad.
- SECCIÓN 2
- Artículo 112. Enumeración de los servicios o sistemas y circunstancias determinantes.
- Artículo 113. Implantación en organismos públicos.
- Artículo 114. Servicio sustitutorio de vigilantes de seguridad.
- Artículo 115. Departamento de seguridad facultativo. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 116. Cometidos del departamento de seguridad.
- Artículo 117. Organización del departamento de seguridad. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 118. Dispensa del servicio de vigilantes de seguridad.
- CAPITULO II
- SECCIÓN 1
- Artículo 119. Departamento de seguridad y central de alarmas.
- Artículo 120. Medidas de seguridad concretas.
- Artículo 121. Requisitos de las cámaras acorazadas y de cajas de alquiler. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 122. Cajas fuertes, dispensadores de efectivo y cajeros automáticos. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 123. Planos de planta.
- Artículo 124. Oficinas de cambio de divisas y módulos transportables.
- Artículo 125. Exenciones.
- Artículo 126. Caja Postal.
- SECCIÓN 2
- Artículo 127. Medidas de seguridad aplicables.
- Artículo 128. Exhibiciones o subastas ocasionales.
- Artículo 129. Dispensas.
- SECCIÓN 3
- Artículo 130. Enumeración de medidas de seguridad.
- SECCIÓN 4
- Artículo 131. Oficinas de farmacia.
- Artículo 132. Administraciones de Lotería y Despachos de Apuestas Mutuas.
- Artículo 133. Locales de juegos de azar.
- Artículo 134. Dispensas.
- SECCIÓN 5
- Artículo 135. Revisión. Libro-catálogo. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- CAPITULO III
- Artículo 136. Autorización. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- TITULO IV
- CAPITULO I
- Artículo 137. Competencias y funciones.
- Artículo 138. Documentación anual.
- Artículo 139. Comunicación sobre la vigencia del contrato de seguro, aval u otra garantía financiera suscrita para cubrir la responsabilidad. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 140. Comunicación de modificaciones estatutarias. 2 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 141. Memoria anual de los detectives privados. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 142. Perfeccionamiento del sector.
- CAPITULO II
- Artículo 143. Acceso de los funcionarios.
- Artículo 144. Inspecciones. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- CAPITULO III
- Artículo 145. Ocupación o precinto.
- Artículo 146. Retirada de armas.
- Artículo 147. Suspensión de servicios.
- TITULO V
- CAPITULO I
- SECCIÓN 1
- Artículo 148. Infracciones muy graves. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Artículo 149. Infracciones graves. 4 redacciones · cambió el 02/03/2009
- Artículo 150. Infracciones leves. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- SECCIÓN 2
- Artículo 151. Infracciones muy graves.
- Artículo 152. Infracciones graves.
- Artículo 153. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- SECCIÓN 3
- Artículo 154. Infracciones.
- SECCIÓN 4
- Artículo 155. Infracciones.
- CAPITULO II
- Artículo 156. Disposición general.
- Artículo 157. Iniciación.
- Artículo 158. Organos instructores.
- Artículo 159. Informe. 2 redacciones · cambió el 23/11/2001
- Artículo 160. Fraccionamiento del pago.
- Artículo 161. Publicación de sanciones.
- Disposición adicional primera. Funciones de las Policías de las Comunidades Autónomas. 3 redacciones · cambió el 12/01/2008
- Disposición adicional segunda. Reducción de los mínimos de garantía.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Efectos de la falta de resoluciones expresas.
- Disposición final segunda. Uso o consumo de productos provenientes de Estados miembros de la Unión Europea.
- ANEXO


