Legislación › Ley 2/1995, de 10 de febrero, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de La Rioja.
Artículo 24.
Artículo 24.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 2/2023, de 31 de enero. BOE-A-2023-4327
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de febrero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-4327 | Leer | Qué cambió |
| 16 de marzo de 1995 | Texto original | Leer |


