Legislación › Ley 2/1995, de 30 de enero, de Creación del Consejo Canario de Relaciones Laborales.
Artículo 31.
Artículo 31.
Las comisiones de trabajo estarán integradas por miembros del Consejo, pudiendo asistir, en calidad de expertos o asesores, personas ajenas al mismo.


