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Legislación › Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.

Disposición adicional primera. Clasificación urgente de las vías pecuarias no clasificadas.

Disposición adicional primera. Clasificación urgente de las vías pecuarias no clasificadas.

Las vías pecuarias no clasificadas conservan su condición originaria y deberán ser objeto de clasificación con carácter de urgencia.

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