Legislación › Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 57. Pago por el Estado.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de mayo de 2002 y la del 14 de diciembre de 2002.
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Artículo 57. Efectos de la readmisión. Pago por el Estado.
1. Cuando, de conformidad con los artículos 55.6 y 56.2 de Cuando la presente Ley, se produzca sentencia que declare la readmisión improcedencia del trabajador, éste tendrá derecho a los salarios dejados despido se dicte transcurridos más de percibir sesenta días hábiles desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia, que serán fijados en ésta al declarar su nulidad o improcedencia. que se presentó la
2. Cuando, durante dicho periodo, el trabajador hubiera percibido prestaciones por desempleo, la Entidad Gestora cesará en su abono y reclamará las cotizaciones aSeguridad Social efectuadas, debiendo demanda, el empresario ingresar a podrá reclamar del Estado el abono de la Entidad Gestora las cantidades percibidas por percepción económica a que se refiere el párrafo b) del apartado 1 del artículo 56 satisfecha al trabajador, deduciéndolas correspondiente al tiempo que exceda de dichos sesenta días.
2. En los salarios dejados de percibir con el límite de la suma casos de los mismos. despido en que, con
Si el trabajador hubiera encontrado otro empleoanterioridad a la sentencia y se probase arreglo al presente artículo, sean por el empresario lo percibido, éste lo podrá descontar de cuenta del Estado los salarios dejados de percibir. tramitación, serán con cargo al mismo las cuotas de la Seguridad Social
3. En cualquier caso, el empresario deberá instar el alta del trabajador encon efectos desde la fecha del despido cotizando por ese periodo, que se considerará de ocupación cotizada correspondientes a todos los efectos. dichos salarios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de julio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9364 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2012 | BOE-A-2012-9110 | Leer | Qué cambió |
| 12 de febrero de 2012 | BOE-A-2012-2076 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2002 | BOE-A-2002-24244 | Leer | Qué cambió |
| 26 de mayo de 2002 | BOE-A-2002-10097 | Leer | Qué cambió |
| 1 de mayo de 1995 | Texto original | Leer |


