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Legislación › Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

Artículo 34. Discapacidades.

Artículo 34. Discapacidades.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre. BOE-A-2004-21221

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de enero de 2004 En vigor BOE-A-2004-21221 Leer Qué cambió
11 de abril de 1995 Texto original Leer

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