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Legislación › Ley 2/1994, de 29 de diciembre, del deporte.

Artículo 76. Extinción de responsabilidad.

Artículo 76. Extinción de responsabilidad.

La responsabilidad disciplinaria deportiva se extingue:

a) Por cumplimiento de la sanción.

b) Por prescripción de la infracción y de la sanción.

c) Por fallecimiento del infractor.

d) Por disolución de la asociación deportiva sancionadora.

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