Legislación › Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor.
Artículo 12. Derecho de conciencia y religión.
Artículo 12. Derecho de conciencia y religión.
Se velará para que en las distintas intervenciones por parte de la Administración del Principado de Asturias o de las instituciones colaboradoras de integración familiar que se reconozcan, se respete el derecho a la libertad de conciencia y de religión.


