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Legislación › Ley 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor.

Artículo 12. Derecho de conciencia y religión.

Artículo 12. Derecho de conciencia y religión.

Se velará para que en las distintas intervenciones por parte de la Administración del Principado de Asturias o de las instituciones colaboradoras de integración familiar que se reconozcan, se respete el derecho a la libertad de conciencia y de religión.

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