Legislación › Ley 5/1995, de 22 de marzo, de Protección de los Animales.
Artículo 23.
Artículo 23.
La relación de especies protegidas de la fauna silvestre en todo el territorio nacional podrá ser ampliada con aquellas otras cuya peculiar situación en La Rioja así lo aconseje, al objeto de garantizar su conservación.


