Legislación › Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos.
Artículo 45. proclamación de candidaturas.
Artículo 45. proclamación de candidaturas.
La Junta de Gobierno proclamará las candidaturas presentadas hasta treinta días antes de la celebración de las elecciones. Estas candidaturas serán comunicadas por escrito a todos los colegiados con una antelación mínima de quince días a la fecha de la votación.


