Legislación › Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos.
Artículo 54. Recursos.
Artículo 54. Recursos.
Contra las resoluciones definitivas de la Junta de Gobierno sobre todo el proceso electoral, cabrán para cualquier colegiado los recursos previstos en las leyes, el ordinario ante la Junta General y posteriormente el contencioso-administrativo, con excepción de lo dispuesto en el artículo 46 de los presentes Estatutos.


