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Legislación › Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos.

Disposición transitoria primera. Consideración de delegaciones.

Disposición transitoria primera. Consideración de delegaciones.

A los efectos establecidos en los presentes Estatutos, se considerarán Delegaciones reglamentariamente constituidas a aquellas que venían funcionando de forma estable y reconocida por la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Biólogos, a la fecha de aprobación de los presentes Estatutos.

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