Legislación › Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Biólogos.
Disposición transitoria primera. Consideración de delegaciones.
Disposición transitoria primera. Consideración de delegaciones.
A los efectos establecidos en los presentes Estatutos, se considerarán Delegaciones reglamentariamente constituidas a aquellas que venían funcionando de forma estable y reconocida por la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Biólogos, a la fecha de aprobación de los presentes Estatutos.


