LexTotal

Legislación › Ley 1/1996, de 31 de mayo, de creación del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Canarias.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

La Asamblea Constituyente del Colegio Oficial de Fisioterapeutas deberá:

a) Elaborar y aprobar los Estatutos definitivos del Colegio.

b) Elegir a los miembros de sus órganos colegiales de gobierno.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición transitoria cuarta →