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Legislación › Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado.

Artículo 14. Fiscalización de conformidad.

Artículo 14. Fiscalización de conformidad.

La Intervención hará constar su conformidad mediante una diligencia firmada sin necesidad de motivarla cuando de la verificación de los extremos a los que se extienda la función interventora y del resultado de las validaciones efectuadas por la aplicación informática, en los términos que se determinen mediante resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, el expediente objeto de fiscalización o intervención se ajuste a la legalidad.

Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 686/2005, de 10 de junio. BOE-A-2005-10816

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2005 En vigor BOE-A-2005-10816 Leer Qué cambió
14 de febrero de 1996 Texto original Leer

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