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Legislación › Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado.

Artículo 21. Control posterior.

Artículo 21. Control posterior.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria única.1.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre. BOE-A-2003-21614

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2005 En vigor BOE-A-2003-21614 Leer Qué cambió
14 de febrero de 1996 Texto original Leer

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