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Legislación › Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

Artículo 39. Contenido de la obligación de cotizar.

Artículo 39. Contenido de la obligación de cotizar.

El nacimiento, duración y extinción de la obligación de cotizar de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social se regirán por lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 de este Reglamento, sin más especialidades que las siguientes:

1.ª La obligación de cotizar nacerá desde el día primero del mes natural en que se produzca el alta en este Régimen Especial y se inicie la actividad y se extinguirá al vencimiento del último día del mes natural en que se cause baja en dicho Régimen, salvo en el supuesto a que se refiere el artículo 45.1.5.ª del Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, en cuyo caso, la cuota fija mensual se dividirá por treinta en todos los meses.

2.ª Los trabajadores incluidos en este Régimen Especial que realicen trabajos que den lugar a su inclusión en otro régimen de la Seguridad Social, por un período superior a seis meses, naturales y consecutivos, aparte de tener que solicitar su baja en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, no tendrán obligación de cotizar a este Régimen por aquellas mensualidades naturales y completas en que acrediten haber prestado ininterrumpidamente y con carácter exclusivo los servicios determinantes de su inclusión en el otro régimen. Los trabajadores que se encuentren en tal situación no tendrán derecho, mientras ésta subsista, a percibir prestaciones de este Régimen Especial.

Se modifica por el art. 2.1 del Real Decreto 1382/2008, de 1 de agosto. BOE-A-2008-14777

Se modifica el apartado 1 por el art. 1 del Real Decreto 807/2006, de 30 de junio. BOE-A-2006-12789

Se modifica el apartado 1 por el art. 2.1 del Real Decreto 459/2002, de 24 de mayo. BOE-A-2002-10099

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de septiembre de 2008 En vigor BOE-A-2008-14777 Leer Qué cambió
1 de agosto de 2006 BOE-A-2006-12789 Leer Qué cambió
1 de noviembre de 2002 BOE-A-2002-10099 Leer Qué cambió
26 de enero de 1996 Texto original Leer

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