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Legislación › Ley 3/1996, de 20 de junio, de Declaración de Parque Regional de la Sierra de Gredos.

ANEXO

ANEXO

Los límites del Parque Regional de la Sierra de Gredos son los que se describen a continuación:

Límite norte: Partiendo del pico de la Peña Negra continúa por el límite entre los términos municipales de Becedas, Junciana, El Losar y Barco de Ávila con Solana de Ávila, La Carrera y Navatejares, hasta el cruce con el río Tormes que sigue aguas arriba incluyendo sus zonas de servidumbre hasta el denominado «Vado de Malavista», en el término municipal de Navarredonda de Gredos, en el que alcanza la vía pecuaria del Puerto del Pico a Barco de Ávila. Sigue esta vía pecuaria hacia el este hasta alcanzar el límite del monte Orzaduero, continúa hacia el este por el límite norte de ese monte hasta el río Piquillo. Sigue el río aguas abajo hasta el límite de los términos municipales de San Martín del Pimpollar, Hoyocasero y Villarejo del Valle. Desde aquí se dirige hacia el este por el límite norte de este último término municipal primero y por el de San Esteban del Valle después, hasta el término municipal de Serranillos.

Límite este: Continúa hacia el sur por el límite de los términos municipales de San Esteban del Valle y Serranillos hasta alcanzar la carretera que desde Serranillos se dirige hacia San Esteban del Valle, de la que se separa descendiendo el puerto hacia San Esteban del Valle, en la primera curva en U, para, siguiendo el límite del término municipal de Villarejo del Valle, descender hasta la carretera local de San Esteban del Valle al Puerto del Pico que toma en dirección norte hasta la carretera C-502.

Sigue la carretera comarcal C-502 hacia el sur hasta el cruce con la carretera de El Arenal, continúa por ésta y el camino de las Morañegas hasta el cruce con la carretera de Mombeltrán a El Arenal y sigue por la carretera local hacia El Arenal, para, en el rodal 26 del monte de utilidad pública número 2 de El Arenal coger el límite de los términos municipales de Arenas de San Pedro con El Arenal y El Hornillo hasta alcanzar la carretera que desde El Hornillo se dirige a Guisando. Sigue esta carretera hasta el núcleo urbano de Guisando y desde aquí continúa hasta la carretera C-501 por la carretera local existente.

Límite sur: Continúa por la comarcal C-501 en dirección a Poyales del Hoyo hasta el kilómetro 10,800. A partir de este punto sigue por el límite meridional de los montes de utilidad pública números 3, 136, 4 y 5 hasta la ermita de la Virgen de Chilla, donde se ajusta al límite meridional de la Reserva Nacional de Caza de la Sierra de Gredos hasta llegar al arroyo de la Vejiga. Discurre por dicho arroyo hasta alcanzar el límite del monte de utilidad pública número 5 a la altura del piquete del deslinde Z-574, sigue dicho parámetro hacia el oeste hasta el hito Z-643 desde donde desciende por el arroyo allí existente hasta la garganta de Alardos, límite de las provincias de Cáceres y Ávila, y continúa por el límite de las provincias de Ávila y Cáceres hasta el pico del Calvitero, confluencia de los límites de las provincias de Ávila, Salamanca y Cáceres.

Límite oeste: Sigue el límite con la provincia de Salamanca desde el pico del Calvitero hasta el pico de la Peña Negra, punto de confluencia de los términos municipales de San Bartolomé de Béjar, Becedas y Solana de Ávila.

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