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Legislación › Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones.

Artículo 20. Organización y funcionamiento.

Artículo 20. Organización y funcionamiento.

Todos los recursos de alojamientos y de estancias para personas mayores situados en la Comunidad Autónoma de Canarias, tanto públicos como privados, habrán de disponer de un reglamento de régimen interior regulador de su organización y funcionamiento, normas de convivencia, órganos de participación y derechos y deberes de los residentes del centro.

El reglamento de régimen interior y sus eventuales modificaciones deberán ser aprobados por el órgano competente en materia de Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias.

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