Legislación › Ley 7/1996, de 10 de julio, de desarrollo comarcal.
Disposición adicional primera.
Disposición adicional primera.
La Comisión Gallega de Cooperación Local propondrá criterios, singularmente en lo referente a la participación del Fondo de Cooperación Local, para el cumplimiento de los objetivos de los planes de desarrollo comarcal.


