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Legislación › Ley 7/1996, de 10 de julio, de desarrollo comarcal.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La Comisión Gallega de Cooperación Local propondrá criterios, singularmente en lo referente a la participación del Fondo de Cooperación Local, para el cumplimiento de los objetivos de los planes de desarrollo comarcal.

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