LexTotal

Legislación › Ley 1/1996, de 27 de junio, de Cámaras Agrarias de Castilla-La Mancha.

Artículo 7. Órganos de gobierno.

Artículo 7. Órganos de gobierno.

Los órganos de gobierno de las Cámaras Agrarias son el Pleno, el Presidente y la Comisión Ejecutiva. Sus miembros no percibirán retribución fija alguna por el desempeño de su cargo.

← Artículo 6 Índice Artículo 8 →